Procuradores en Madrid Jiménez Padrón
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En Jiménez Padrón Procurador Madrid llevamos más de treinta años trabajando ante los juzgados de Madrid. Conocemos los tiempos reales de cada juzgado, sabemos cómo se mueven los expedientes dentro del sistema y entendemos que la función del procurador no termina cuando se presenta un escrito. Termina cuando el procedimiento avanza correctamente y el cliente sabe en todo momento en qué punto está su asunto.
Si tienes un procedimiento en Arganda del Rey o en el partido judicial del Corredor del Henares, cuéntanoslo. Te explicamos cómo podemos ayudarte sin tecnicismos y sin perder el tiempo.
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No es experiencia genérica. Es experiencia acumulada expediente a expediente, juzgado a juzgado. Sabemos qué criterios aplica cada órgano judicial, cuáles son los plazos reales de resolución y cómo anticipar las incidencias que en manos de alguien sin experiencia se convierten en retrasos de meses.
En un procedimiento judicial los plazos no son orientativos. Son fechas que si no se respetan generan consecuencias que en muchos casos no tienen solución. Controlamos cada vencimiento, cada traslado y cada notificación para que ningún plazo quede sin atender.
El procurador y el abogado tienen que trabajar como un equipo. Cuando esa coordinación falla, los procedimientos se ralentizan y los clientes pierden confianza en su representación. En Jiménez Padrón la comunicación con el abogado del cliente es constante y el expediente no avanza un paso sin que ambas partes estén alineadas.
Arganda del Rey es uno de los municipios con mayor actividad empresarial e industrial del Corredor del Henares. Esa actividad genera una vida jurídica propia: contratos mercantiles, operaciones de crédito, relaciones laborales, transacciones inmobiliarias. Y donde hay actividad económica hay procedimientos judiciales.
En Jiménez Padrón cubrimos los juzgados de Arganda del Rey y de todo el partido judicial del Corredor del Henares. Tanto para clientes particulares que tienen un asunto puntual como para abogados que necesitan un procurador de confianza para sus clientes en la zona, ofrecemos el mismo nivel de atención y el mismo rigor en la gestión de cada expediente.
Los honorarios del procurador están regulados por aranceles oficiales aprobados por el Gobierno. No es un precio libre que cada procurador fija según su criterio: hay un baremo que determina cuánto corresponde cobrar por cada tipo de actuación procesal en función de la cuantía del procedimiento.
Cuando un juzgado se declara incompetente y el procedimiento se remite a otro, el cliente no tiene que nombrar un nuevo procurador ni gestionar ningún trámite adicional. Nosotros continuamos con la representación ante el nuevo juzgado sin solución de continuidad. Si el nuevo juzgado está fuera de nuestra área habitual de actuación, te lo comunicamos y buscamos la solución más eficiente para que el procedimiento no sufra ningún retraso por ese motivo.
Antes. El procurador tiene que estar nombrado desde el momento en que se presenta la demanda porque es él quien firma junto con el abogado el escrito inicial. En algunos procedimientos, como el monitorio, la intervención del procurador puede no ser obligatoria en la fase inicial pero sí lo es en cuanto el procedimiento avanza a juicio ordinario.
Sí. No es necesario que el cliente esté presente en ningún trámite del procedimiento judicial. Nosotros actuamos en su nombre en todas las actuaciones ante el juzgado. La comunicación con el cliente puede ser completamente telemática: correo electrónico, teléfono o videollamada cuando hay algo que decidir.
El nombramiento del procurador lleva su tiempo y en algunos procedimientos el plazo para personarse es muy corto. Quien recibe una notificación judicial un viernes por la tarde y empieza a buscar procurador el lunes siguiente ya ha perdido tiempo que puede ser crítico. Si sabes que vas a iniciar un procedimiento o que es probable que te llegue una demanda en los próximos meses, habla con nosotros antes de que ocurra. Así cuando llegue el momento la representación está lista.
El procurador tiene que estar colegiado en el Colegio de Procuradores de Madrid para poder actuar ante los juzgados de la Comunidad. Contratar a un procurador sin colegiación vigente en Madrid genera problemas procesales que pueden anular actuaciones ya realizadas. Es un requisito básico que parece obvio pero que conviene verificar explícitamente antes de formalizar cualquier encargo.
Hay clientes que se convierten en intermediarios entre su abogado y su procurador porque ninguno de los dos toma la iniciativa de coordinarse directamente. Eso no debería ocurrir y cuando ocurre es una señal de que algo no funciona bien en la representación. En Jiménez Padrón la coordinación con el abogado es nuestra responsabilidad, no la del cliente. El cliente nos da acceso a su abogado y a partir de ahí nos coordinamos directamente sin que el cliente tenga que hacer de puente.
Un cambio de abogado durante un procedimiento activo puede afectar a la relación con el procurador si el abogado anterior era quien lo había designado. Cuando esto ocurre hay que verificar que la representación procesal sigue activa y correctamente constituida ante el juzgado para evitar que las notificaciones se sigan dirigiendo a quien ya no representa al cliente. Si estás en esa situación, consúltanos y te decimos cómo regularizarlo correctamente.