Procuradores en Madrid Jiménez Padrón

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¿Cuándo interviene un procurador en procesos de herencias y sucesiones?

En Jiménez Padrón Procuradores, sabemos que los temas de herencias pueden ser un dolor de cabeza. ¿Cuándo entramos nosotros en acción? Pues, aunque no lo creas, no siempre desde el principio.

Si hay testamento y los herederos están de acuerdo, normalmente no hace falta procurador para los trámites iniciales ante notario. Pero, ¡ojo!, la cosa cambia si surgen problemas.

¿Cuándo nos necesitas? Principalmente, cuando la herencia se complica: si no hay testamento y hay que hacer una declaración de herederos judicial, si hay disputas entre herederos por el reparto, si hay que impugnar un testamento, o si la herencia tiene deudas y hay que gestionarlas judicialmente.

Y, si la herencia va «sobre ruedas», quizás no nos necesites. Pero, si se tuercen las cosas y hay que ir a juicio, ahí estaremos nosotros para representarte y encargarnos de todo el papeleo.

Si te encuentras en Madrid y alrededores y necesitas los servicios de un procurador en Madrid, puedes contactar con nosotros:

Tipos de Herencia que existen

En Jiménez Padrón Procuradores sabemos que las herencias pueden ser complicadas, ¡pero vamos a simplificarlo! En esencia, existen dos categorías principales:

  • Herencia con testamento (testada): Aquí, el fallecido dejó un testamento diciendo cómo quería repartir sus bienes. ¡Es lo ideal! Facilita mucho las cosas.
  • Herencia sin testamento (intestada): Cuando no hay testamento, la ley decide quién hereda y en qué proporción. Suele seguir un orden: primero hijos, luego padres, etc.

Dentro de estas, hay matices. Por ejemplo, la «legítima» es una parte de la herencia que obligatoriamente va a los herederos forzosos (como los hijos).

Si tienes dudas sobre qué tipo de herencia te afecta o necesitas ayuda con los trámites, ¡no dudes en contactarnos! En Jiménez Padrón Procuradores te orientamos.

¿Cuándo es necesario un procurador?

En Jiménez Padrón Procuradores sabemos que a veces tienes dudas con lo de si necesitas o no un procurador. ¡Vamos a aclararlo! En general, necesitas procurador cuando hay un juicio de por medio. Su función principal es representarte ante el juzgado y encargarse de los trámites procesales.

En temas de herencias, como hemos visto, no siempre es necesario al principio, sobre todo si hay acuerdo entre herederos y se hace todo ante notario. Pero, si la cosa se complica y hay que ir a juicio, por ejemplo, por disputas entre herederos, impugnación de testamento o declaración judicial de herederos, ahí sí es obligatorio el procurador.

También es obligatorio en la mayoría de los procesos civiles, penales y sociales, salvo excepciones muy concretas. Si tienes dudas, consúltanos en Jiménez Padrón Procuradores te asesoramos sin compromiso.

Principales Funciones

En Jiménez Padrón Procuradores te explicamos las funciones principales de un procurador de forma sencilla:

  • Representación procesal: Somos tu «cara» ante el juzgado. Nos encargamos de presentar escritos, recibir notificaciones y estar al tanto de todo el papeleo.
  • Comunicación: Hacemos de puente entre tú, tu abogado y el juzgado, agilizando la comunicación y evitando malentendidos.
  • Gestión de trámites: Nos encargamos de presentar demandas, recursos, y demás documentos en el juzgado, ahorrándote tiempo y preocupaciones.
  • Control de plazos: ¡Ojo con los plazos! Nosotros los controlamos para que no se te pase nada importante.

En resumen, el procurador se encarga de que el proceso judicial siga su curso correctamente, para que tú solo te preocupes de lo importante. En Jiménez Padrón Procuradores te ofrecemos un servicio profesional y cercano.

¿Cuándo no es necesario el procurador?

En Jiménez Padrón Procuradores sabemos que a veces te preguntas si de verdad necesitas un procurador. ¡Vamos a aclararlo! No siempre es obligatorio.

En general, no necesitas procurador cuando no hay un juicio propiamente dicho. Por ejemplo:

  • Trámites ante notario: Si estás haciendo una gestión ante notario, como una herencia con acuerdo entre herederos, no necesitas procurador.
  • Juicios verbales de poca cuantía: Si la cantidad que se reclama en un juicio verbal es inferior a 2.000 euros, no es obligatorio.
  • Petición inicial de un procedimiento monitorio: Para iniciar un procedimiento monitorio (para reclamar deudas), tampoco es necesario.

Sin embargo, recuerda que si la cosa se complica y hay que ir a juicio con todas las de la ley, sí será obligatorio tener un procurador. En Jiménez Padrón Procuradores te asesoramos para que sepas cuándo es imprescindible y cuándo no.

¿Por qué elegir nuestro despacho de procuradores para defender tu caso?

En Jiménez Padrón Procuradores, nos tomamos tu caso como si fuera nuestro. Aquí te van 4 razones por las que deberías confiar en nosotros:

  1. Agilizamos los trámites: Conocemos los juzgados como la palma de nuestra mano. Presentamos los papeles rápido y evitamos retrasos innecesarios. ¡Ahorrarás tiempo y dolores de cabeza!
  2. Te mantenemos al día: No te dejaremos a oscuras. Te informaremos de cada paso del proceso, con un lenguaje claro y sin tecnicismos raros. ¡Sabrás qué pasa en cada momento!
  3. Somos tu voz ante el juzgado: Nos encargamos de toda la comunicación con el juzgado, presentando escritos y recursos de forma efectiva. ¡Defenderemos tus intereses a capa y espada!
  4. Te ofrecemos un trato cercano y profesional: Entendemos que un juicio es un momento delicado, por eso te ofrecemos un trato personalizado y te acompañamos en todo el proceso.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Un procurador ayuda a encontrar a herederos que no se conocen?

En principio, no es la función principal del procurador buscar herederos. Su trabajo es representar a una parte en el juicio. Si hay que buscar herederos, eso lo hace el abogado o, a veces, un investigador privado. El procurador se encarga de los trámites judiciales, no de la investigación.

¿Qué es la intervención judicial de la herencia?

La intervención judicial de la herencia es cuando un juez «se interpone» en el reparto de una herencia. Esto pasa cuando los herederos no se ponen de acuerdo, no se encuentran a todos o hay líos con los bienes. El juez designa a alguien para administrar la herencia hasta que se solucione todo.

¿Cuánto puede durar un proceso judicial por una herencia?

Un juicio por herencia puede durar desde unos meses hasta varios años. Si hay inconvenientes entre herederos, muchos bienes o cosas complicadas, se alarga. Si es todo sencillo y están de acuerdo, pues más rápido. ¡Es una suerte!

¿El procurador puede decidir cómo se reparte la herencia?

El procurador no decide cómo se reparte la herencia. Su papel es representar a una de las partes ante el juzgado y encargarse de los papeles. Quien decide cómo se reparte es el testamento, o si no hay, la ley. Si hay juicio, el juez es quien tiene la última palabra.

¿Se puede empezar un trámite de herencia sin procurador?

Sí, se puede empezar un trámite de herencia sin procurador, sobre todo si es algo sencillo y no hay pleitos. Puedes ir al notario para el testamento o la declaración de herederos. Pero, si la cosa se complica y hay juicio, ¡ahí sí necesitas procurador!

¿Hace falta un procurador si no hay testamento?

Si no hay testamento, al principio no hace falta procurador. Se hace la «declaración de herederos» ante notario. Pero, si luego surge algún problema entre los herederos o hay que ir a juicio para repartir la herencia, entonces sí que necesitarás un procurador. 

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